La exposición al humo de tabaco ajeno obstaculiza el ejercicio de derechos humanos básicos reconocidos en tratados internacionales incorporados a nuestro ordenamiento jurídico con rango constitucional en la reforma constitucional de 1994, como el derecho a la vida, el derecho a la integridad física, el derecho a la salud y el derecho a condiciones de trabajo dignas y equitativas, y tiene repercusiones sobre derechos que se encuentran en otros instrumentos sobre derechos humanos (por ejemplo, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la eliminación de todas la formas de discriminación contra la mujer, etc).
La relación existente entre la salud pública y los derechos humanos es clara y, el derecho "a disfrutar del grado máximo de salud que se pueda lograr" es hoy día prioritario en la agenda internacional de los organismos de protección de los derechos humanos.
En especial, el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, que entró en vigor en febrero de 2005, reconoce las implicancias que tiene el control del tabaco en la lucha por la vigencia de los derechos humanos y obliga a los Estados parte a proteger al público de la exposición al humo de tabaco ajeno.