Se procura generar información para que los especialistas puedan controlar técnicamente la modalidad de utilización de medicamentos.
El 15 de mayo, SUTEBA solicitó la elaboración de un informe que contenga los datos abajo descriptos, más los que los especialistas en la materia consideren relevantes para una visión del convenio en su dinámica operativa.
Para una correcta evaluación estimo conveniente que el plazo a analizar contemple el año 2007 y el primer trimestre del 2008, como asimismo que los datos solicitados sean discriminados por partido, información respecto al cumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes del convenio, específicamente el deber de información en tiempo y forma, colaboración en cuanto el seguimiento del contrato, desvíos contractuales denunciados y por quien.
1. Cantidad de afiliados asistidos desagregados por partido.-
2. Cantidad total de recetas facturadas, desagregados por partido.-
3. Monto global a PVP y precios facturados al IOMA, desagregados por partido.-
4. Descripción de las Patologías que motivaron la prescripción por código IOMA o descripción literal.-
5. Cantidad de Medicamentos dispensados en unidades, desagregado por principio activo y marca comercial.-
6. Cobertura a cargo del IOMA, si hubiere prestaciones con cobertura parcial para los afiliados.
7. Descripción pormenorizada de los pagos abonados por el IOMA a “La Industria” y destino de los recursos, discriminado por laboratorio, Farmacia, especialidad medicinal y/o principió activo.
8. Descripción de los pagos percibidos por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires para prestaciones Meppes en concepto de Honorarios Farmacéuticos según lo establece el convenio.-
9. Resultado de la auditoria posterior a cargo del IOMA, con descripción de los créditos verificados en caso de corresponder.-
10. Descripción de la totalidad de los pagos realizados por el IOMA, donde consten las intervenciones de su fiscalización.-
11. Decisiones del Camoyte –constancias remitidas al IOMA
RECURSOS DE AMPARO E INTERVENCIONES DEL DIRECTORIO