LICENCIAS
ARTÍCULO 114 - (Texto según Decreto 688/93)
- Su reglamentación. Quienes la otorgan. Plazos.
Después de haber atravesado, en los años `90, un largo período de inseguridad laboral, que se caracterizó por pérdidas de derechos e incluso la suspensión de nuestro régimen de licencias, hoy los trabajadores de la educación estamos en otra etapa.
A partir de las negociaciones en ámbitos paritarios avanzamos en importantes logros que permiten ampliar las licencias previstas en el Estatuto.
• Licencia por enfermedades crónicas.
• Licencia por fertilización asistida.
• Licencias por exámenes médicos preventivos.
• Interrupción del período de vacaciones.
• Adecuación de la licencia por adopción a la Ley de Promoción y Protección infantil.
El personal Docente tiene derecho a licencias por las siguientes causas: |