¡CARLOS FUENTEALBA PRESENTE!

CAUSA FUENTEALBA II

15/03/2024

El 13 de marzo de 2024, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén (TSJ) declaró inadmisibles las impugnaciones de Carlos Zalazar, Jorge Garrido y Benito Matus. Por lo tanto, RATIFICÓ las condenas impuestas en el juicio oral y público.

Hace exactamente un año finalizaba el juicio a la cúpula policial del gobierno de Jorge Sobisch en el año 2007. En el mismo fueron condenados:

  • CARLOS SALAZAR, Comisario General, Jefe de la Policía de Neuquén el 4 de abril de 2007

  • MOISÉS SOTO, Comisario General, Sub jefe de la Policía

  • ADOLFO SOTO, Comisario General, Superintendente de Seguridad Metropolitana

  • MARIO RINZAFRI, Comisario Mayor Director de Seguridad a Cargo del operativo

  • JORGE GARRIDO, Comisario Mayor Jefe de Departamento de Seguridad Metropolitana

TODOS CULPABLES COMO AUTORES PENALMENTE RESPONSABLES DEL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD.

  • BENITO ARIEL MATUS

CULPABLE COMO AUTOR PENALMENTE RESPONSABLE DEL DELITO DE ABUSO DE ARMAS, AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO ABUSANDO DE SU FUNCIÓN COMO MIEMBRO INTEGRANTE DE LA FUERZA POLICIAL.

El Tribunal en primera instancia consideró que las autoridades policiales que dirigieron la represión, habilitaron el uso indiscriminado de la fuerza.

Con esta resolución del TSJ, 17 años después del asesinato de nuestro compañero, se cierra un ciclo de lucha llevado adelante con dignidad, conciencia de clase y mucha entereza por el colectivo Docente, CTERA y sus organizaciones de base, la Internacional de la Educación, ATEN, Organismos de DDHH, CELS, INECIP, Madres, Abuelas, Comisión Por la Memoria y una cantidad incontable de Organizaciones sociales y políticas.

Pero nada de esto hubiera sido posible sin la perseverancia, tenacidad y el amor de Sandra, a sus ideales y a Carlos.

La compañera Sandra, única querellante, nos guió en forma incansable en la búsqueda de Justicia, junto a sus hijas.

Como Trabajadorxs hemos llevado adelante de manera ejemplar esta lucha. Concretamos el juicio y llegamos a la sentencia y las penas impuestas, casi las máximas en la escala prevista por la Ley Penal. Las mismas son un límite a la utilización de la fuerza represiva para responder a los legítimos reclamos que expresa el conflicto social, que no es otra cosa que la disputa por la defensa de derechos obtenidos y la conquista de nuevos derechos para la Clase Trabajadora.

¡COMPAÑERO CARLOS FUENTEALBA, PRESENTE!