ARGENTINA ESTÁ DENTRO DE LA LISTA DE PAÍSES QUE TRATARÁN EN LA COMISIÓN DE APLICACIÓN DE NORMAS DE LA CONFERENCIA DE LA OIT (CONVENIO Nº87)

En la reunión preparatoria a la 105° Conferencia de la OIT, organizada por la Central Sindical de las Américas (CSA) y llevada a cabo los días 30 y 31 de marzo de 2016 en Montevideo, Uruguay, se han consensuado entre todas las centrales sindicales de las Américas la siguiente lista de países que se propondrán ante la Central Sindical Internacional (CSI) para definir la lista que el sector trabajador propondrá tratar ante la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia que la OIT tiene prevista en mayo-junio de 2016.

LISTA DE CASOS CONSENSUADOS POR LAS CENTRALES SINDICALES DE LA AMÉRICAS EN LA REUNIÓN PREPARATORIA A LA 105º CONFERENCIA DE LA OIT

31/03/2016

En esta ocasión y pese al corto período de gestión que lleva el actual gobierno de Mauricio Macri, se decidió incorporar en la lista de países a la Argentina, dado la flagrante y constante violación a las normas de la OIT y de los derechos laborales en nuestro país.

En los debates de estos días hay que destacar el clima de consenso y articulación de la CTA de los Trabajadores, CTA Autónoma y la CGT. Las tres centrales de nuestro país impulsaron la inclusión de la Argentina en el listado propuesto y jugaron un rol destacado en la definición de resto de los casos a incluir.

En orden de prioridad, la lista de países es la que sigue:

1- Guatemala (Convenio Nro. 87)

2.- México (Convenio Nro. 87)

3.- Paraguay (Convenio Nro. 87)

4.- Honduras (Convenio Nro. 169)

5.- Ecuador (Convenio Nro. 98)

6.- Colombia (Convenio Nro. 2)

7.- Perú (Convenio Nro. 98)

8.- Argentina (Convenio Nro. 87)

9.- Nicaragua (Convenio Nro. 138)

10.- Panamá (Convenio Nro. 100)

11.- Costa Rica (Convenio Nro. 169)

Declaraciones de dirigentes de la CTA de los Trabajadores sobre el derecho a huelga:

- Hugo Yasky, Secretario General: "Si tenemos que explicar la libertad sindical, no lo podemos hacer si prescindimos del precedente que generó conquistar el derecho a huelga, todo lo sucedido anteriormente es la prehistoria del sindicalismo. Por eso, cuando vemos la ofensiva que lleva adelante el sector empresario para discutir y cercenar nuestro derecho fundamental, desde todo el sindicalismo sentimos que nos querían retrotraer a nuestra propia prehistoria. Frente a esta embestida el movimiento de los/as trabajadores/as ha reaccionado de manera homogénea y unificada para defender el derecho a huelga."

- Roberto Baradel, Secretario de Relaciones Internacionales: "Desconocer que el derecho a huelga es un derecho universal que tenemos los trabajadores es un intento por quitarnos nuestra herramienta principal para la lucha, ya que sin el derecho a huelga, los/as trabajadores/as no tendríamos ninguna posibilidad de pelear por la distribución de la riqueza y así lograr una sociedad más justa para todos y todas. Desde que se acordó el Convenio Nº 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, la libertad sindical tiene su basamento en tres cuestiones centrales: derecho a huelga, libre asociación y negociación colectiva. Por eso los sindicatos del mundo tenemos la inmensa tarea de establecer líneas de acción y estrategias correctas para garantizar la defensa irrestricta del derecho a huelga".