ACTUALIZACIóN DE VALORES IOMA - AGREMIACIóN MéDICO PLATENSE Y CUMPLIMIENTO DE NORMAS

Con motivo de la actualización de valores para distintas prácticas y prestaciones SUTEBA reclama se cumplan todas las obligaciones que le competen a las prestadoras.

El 29 de octubre, la vocalía de SUTEBA presentó un reclamo y una serie de consideraciones en torno al punto mencionado en el título.

Señalamos que advertíamos en general que las negociaciones con las entidades intermedias consisten, en forma exclusiva y excluyente, en la actualización de valores de prácticas, internaciones, tratamientos etc. por diversos factores variables a través de los tiempos, de cuya legitimidad no dudamos.

Manifestamos que pocas veces se ha dado una discusión abarcativa acerca del efectivo cumplimiento del contrato que vincula a las partes y la resolución de temas estructurales, que dificultan y/o obstaculizan el acceso a las prestaciones a las que deben acceder nuestros afiliados, esencia misma del sistema y variable en función de la cual ambas partes del contrato deberían abocar sus mejores esfuerzos. No obstante lo cual, ciertas cuestiones parecieran insolubles a través del tiempo. Citamos como ejemplo:

El incumplimiento por parte de algunos prestadores de las normativas con las cuales se rige el Instituto genera conflictos que tienen por origen la prescripción de medicamentos que no se encuentran comprendidos en nuestro vademécum, habiendo en el mismo alternativas o la prescripción de medicamentos de 3° o 4° línea sin haber utilizado previamente los de 1° y 2° línea. También son frecuentes los casos donde induce al afiliado a realizar la solicitud de prótesis por vía de excepción en lugar de utilizar el mecanismo FEMAPE vía ACLIBA o FECLIBA o la solicitud de elementos (sillas de ruedas, miembros ortopédicos, etc.) por fuera de la normativa vigente.

La no autorización por la Dirección de Auditoria Médica genera el enojo del afiliado (“el IOMA me niega lo que solicita mi médico”) y esto termina en ocasiones en recursos de amparo (muchas veces inducidos por los propios profesionales).

La falta en los consultorios de recetarios de medicamentos mientras que otros no sufren faltante alguno.

Los cupos para entrega de bonos de consultas establecidos arbitraria y caprichosamente, por cada circulo médico y donde no se conoce con claridad el criterio, ni quién lo impartió, pues en algunos distritos los afiliados solo acceden a dos bonos por mes, otros a tres y en algunos lugares no hay limitaciones.

La vieja y endémica temática de los cobros indebidos, que recae indefectiblemente en el afiliado sobre el que pesa exclusivamente la responsabilidad de dar el puntapié inicial de la investigación y la falta de colaboración contractual de las entidades intermedias en esta materia, que ha sido públicamente aceptada por el Instituto y nunca subsanada.

El hecho de IOMA, siendo el 2do Sistema Asistencial del País desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo tanto por número de afiliados como por recaudación, y siendo la mayor parte de nuestros co-contratantes IOMA dependientes, tengamos costos diferenciales con respecto a las demás Obras Sociales del país. El poder de negociación en la ecuación económica financiera del contrato solo nos sirve para que nos cobren precios hasta un 30 o 40 % más caros que a cualquier otra Obra Social de menor entidad.

Por lo expuesto consideramos en nuestra intervención que resulta conveniente y oportuna esta ocasión para no solo actualizar valores de los convenios sino también para renegociar contratos en condiciones más ventajosas para el Instituto.

Nos oponemos específicamente al acta acuerdo firmada con la Agremiación Medica Platense en cuanto traslada parte del aumento a los afiliados implicando una aumento del 40 % en los Bonos “B“ y del % 37 % en los Bonos “C”, si bien la cantidad de bonos A sin costo para el afiliado son los de mayor consumo. En el interior de la provincia, tal situación no se patentiza con igual intensidad en La Plata, donde los bonos B y C son de alto consumo, por ende estimo que este incremento deberá ser renegociado con la Agremiación Medica Platense sin aumento de copago por parte de los afiliados frente a lo cual se formula nuestra más firme oposición.

 

 


Fecha de publicación : 01-03-2011