Estos Principios refieren a la aplicación de la legislación internacional de Derechos Humanos con relación a la orientación sexual y la identidad de género.
Los principios fueron redactados por un grupo de expertxs en Derechos Humanos que se reunieron en Yogyakarta, Indonesia, del 6 al 9 de noviembre del 2006.
Se trata de una serie de principios sobre cómo se aplica la legislación internacional de Derechos Humanos a las cuestiones de orientación sexual e identidad de género. Ratifican estándares legales internacionales vinculantes que los Estados deben cumplir. Son la principal referencia en materia de Derechos Humanos de las personas LGBTIQ+ y fueron fundamentales para el debate y redacción de la Ley de Identidad de Género de la Argentina.
En 2017 se añadieron 9 principios a los 29 originales. Los YP+10 (por su sigla en inglés) afirman explícitamente que las características sexuales deben entenderse como una categoría protegida por los Principios de Yogyakarta. Incorporan el derecho a la protección del Estado frente a la violencia y la discriminación, el derecho al reconocimiento legal.
En estos tiempos de discursos de odio, de desmantelamiento de organismos de control y acción frente a la discriminación y violación de los Derechos Humanos, de desfinanciamiento de políticas públicas de prevención, promoción y protección a las personas LGBTIQ+ es necesario valorar las herramientas con las que contamos en la provincia de Buenos Aires; específicamente desde la DGCyE, para garantizar que todas las personas vivan la vida libre de violencias.
Invitamos a conocer los Principios de Yogyakarta a través de los adjuntos a esta nota.