30 DE AGOSTO: DÍA INTERNACIONAL DE LXS DETENIDXS DESAPARECIDXS

¿Por qué el 30 de agosto se conmemora el Día Internacional del Detenido Desaparecido?

Por iniciativa de FEDEFAM (Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos – Desaparecidos), el 30 de agosto se conmemora el Día Internacional del Detenido Desaparecido.

La intencionalidad de esta fecha es aportar al fortalecimiento de la conciencia mundial sobre la persistencia de la práctica de la desaparición forzada de personas por parte de los Estados, catalogado como crimen de lesa humanidad por la OEA y la ONU. Es una fecha que también toman los Organismos de Derechos Humanos para concientizar acerca de la preservación de los derechos que el propio Estado debe garantizar.

La desaparición forzada es una estrategia frecuentemente utilizada por las dictaduras militares. Sin embargo, no es privativa de ellas. Las Naciones Unidas observan con preocupación que las desapariciones forzadas pueden ser utilizadas en Estados democráticos como método de represión política a lxs oponentes.

¿Cuáles son las preocupaciones de las Naciones Unidas en torno a las desapariciones forzadas?

El acoso a lxs defensorxs de los Derechos Humanos, lxs parientes de las víctimas, lxs testigos, lxs abogadxs que se ocupan de los casos de desaparición forzada, el uso por parte de los Estados como excusa para luchar contra el terrorismo, la generalizada impunidad por la práctica de la desaparición forzada; entre otras.

En la sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas del 2006 (Ginebra, 29 de junio) se aprobó el proyecto de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

EN ARGENTINA

En nuestro país, la desaparición forzada de personas fue una práctica sistemática desplegada por la última dictadura cívico militar, que asoló nuestro país entre los años 1976 y 1983. El funcionamiento de Centros Clandestinos de Detención, los secuestros, el robo de bebés y bienes materiales y las desapariciones de personas, que dejaron un lamentable saldo de 30.000 compañerxs detenidxs desaparecidxs, constituyeron prácticas constantes en el marco del terrorismo de Estado impuesto por los genocidas militares y sus cómplices civiles.

En períodos democráticos también existieron estas prácticas violatorias de los DDHH.

El 17 de agosto de 2023 se cumplieron 30 años del asesinato de Miguel Bru, joven Estudiante de Periodismo de la UNLP, quien fue torturado en la Comisaría Nº 9 de la ciudad de La Plata hasta su muerte en manos de la Policía de la provincia de Buenos Aires. En Democracia.

El 28 de junio de 2006, Jorge Julio López, quien había sido un detenido desaparecido, brindó testimonio por última vez en el Juicio oral contra el Comisario bonaerense Miguel Etchecolatz, un testimonio contundente que llevó a un fallo histórico en el que se condenó a prisión perpetua al genocida y se reconoció por primera vez el genocidio ocurrido durante la última dictadura cívico militar. Pero López, testigo y querellante, no pudo escuchar ese fallo pues fue desaparecido, por segunda vez, la madrugada del 18 de septiembre de 2006. En Democracia. Y aún sigue desaparecido.

El 1° de agosto de 2017 desapareció Santiago Maldonado en un operativo ilegal y salvaje desplegado por la Gendarmería Nacional bajo el mando de la entonces Ministra de Seguridad Patricia Bullrich, en la comunidad mapuche Pu Lof Resistencia Cushamen, en la provincia de Chubut. El cuerpo de Santiago apareció tres meses después en el Río Chubut. La familia de Santiago continua exigiendo justicia.

¿QUÉ ES LA DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS?

La desaparición forzada se usa a menudo como estrategia para infundir el terror en lxs ciudadanxs, además del DISCIPLINAMIENTO SOCIAL. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a lxs parientes próximxs del/la desaparecidx, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad.

La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que no afecta únicamente a una región concreta del mundo. Las desapariciones forzadas, que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy en día en situaciones complejas de conflicto interno, especialmente como método de amedrentamiento y represión política de lxs oponentes.

El 21 de diciembre de 2010, la Asamblea General, en virtud de la Resolución A/RES/65/209, expresó su preocupación, en particular, por el aumento de las desapariciones forzadas o involuntarias en diversas regiones del mundo, como los arrestos, las detenciones y los secuestros cuando son parte de las desapariciones forzadas o equivalen a ellas, y por el creciente número de denuncias de actos de hostigamiento, maltrato e intimidación padecidos por testigos de desapariciones o familiares de desaparecidxs.

Asimismo, la resolución acoge con beneplácito la aprobación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y decide declarar el 30 de agosto como Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, que comenzó a observarse en el año 2011.

Resolución A/RES/65/209: http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/RES/65/209. En esta Resolución se establece el Día Internacional del Detenido Desaparecido.