Los fundamentos científicos para que “La acordada de CMC protocolo para disfonías” se elaborase y diera a luz, se basaron en gran medida, en la documentación presentada por SUTEBA ante la SRT y la DGCyE. Así, obtuvimos resultados altamente positivos gracias a la aplicación de una ciencia al servicio de los trabajadores, una ciencia militante, comprometida con las necesidades de la comunidad. En síntesis, conquistas obtenidas por una política gremial, de salud, y en esta caso de salud laboral, definida en tanto herramienta de transformación para la mejora de la calidad de vida de todos.
La presentación
Como parte de los objetivos de la política de salud laboral de SUTEBA, el año pasado -a través de nuestra Directora de Salud Laboral y CyMAT, Lilian Capone- se presentó en la SRT una documentación sobre disfonías profesionales, recalificación laboral temprana y tratamientos fonoaudiológicos, con la expectativa de generar un ámbito de discusión participativo, aportando el trabajo de investigación realizado por la Secretaría de Salud.
Esto permitió que la SRT dictaminara una normativa nacional para que los Hiatus sean considerados como enfermedad profesional. De esta manera, mediante nuestra intervención -junto a diferentes sectores de la SRT y la DGCyE-, logramos un acuerdo participativo, con aportes técnico científicos serios que generaron un marco regulatorio diferente al actual.
La SRT dictaminó la Normativa de Procedimiento en el diagnóstico y tratamiento de las disfonías profesionales y del otorgamiento de la prestación Recalificación laboral, con alcance nacional para todos los docentes del ámbito público y privado.
Puntos clave del documento
Con aval técnico académico tanto por parte del Equipo de Fonoaudiología de SUTEBA y de la SRT, se consensuó que las ART (Empleador Autoasegurado y los Prestadores Médicos) deberán garantizar dos sesiones por semana y por lo menos dos meses de tratamiento, durante el cual el docente no podrá trabajar. Además, no se podrá otorgar la recalificación laboral hasta que no se agoten las instancias médicas, debiendo los prestadores médicos dar cuenta de ello, con la documentación pertinente.
Por otra parte, se incorporan en los antecedentes del trabajador que el puesto de Preceptor está a cargo de alumnos y se reconocerán las alteraciones de la voz en este colectivo de trabajadores.
Se logró, además, que la SRT se comprometa y difunda nuevos enfoques que se deberán tener en cuenta ante un trabajador de la educación con disfonía profesional, tanto sea para el diagnóstico como para las pautas de tratamiento.
Este tratamiento será monitoreado por la auditoría de la SRT a fin de que el docente tenga una terapéutica de calidad, con las sesiones fonoaudiólogias necesarias para que la dolencia sea revertida.
Por otra parte, se estableció que la Recalificación laboral sea indicada cuando la patología es irreversible, esto significa que será instaurada cuando un docente continúe con los problemas de la voz luego de un tratamiento de 6 meses con 2 sesiones individuales y semanales como mínimo.
SUTEBA no está de acuerdo con la Ley de Riesgos del Trabajo y ha definido, junto con la CTA, la necesidad de su derogación. Tampoco lo está con el listado de enfermedades del trabajo, ya que es necesaria la prevención con la implementación de los exámenes médicos periódicos para el personal docente de toda la provincia de Buenos Aires. Por eso, ha tenido una participación activa en la construcción de herramientas y espacios para seguir avanzando, como lo fue Ley 14.226 de Participación de los Trabajadores en Salud y Seguridad en el Empleo Público y su decreto reglamentario.
Definición
Según la Acordada de la SRT la disfonía es cualquier alteración que se produce en la emisión de la voz, comúnmente conocida como ronquera y afonía. Dentro del marco de las enfermedades profesionales se contemplan aquellas “disfonías que se intensifican durante la jornada de trabajo y que recurre parcial o totalmente durante los periodos de reposo o vacaciones, sin compromiso anatómico de las cuerdas vocales. También, aquella “disfonía persistente que no remite con el reposo y que se acompaña de edema de las cuerdas vocales. Finalmente, considera como tal, los “nódulos de las cuerdas vocales.”
Dentro de las actividades donde se puede producir la exposición se explicita taxativamente, entre otras, a los “maestros o profesores de educación básica, media o universitaria.”
La acordada establece además una clara clasificación de las disfonías (funcionales, orgánicas, mixtas), junto al desarrollo de otros tipos de patologías de la voz; tratamientos correspondientes y procedimiento de denuncia como enfermedad profesional, que los interesados pueden conocer en la nota Síntesis de la Acordada de la SRT (Ver nota relacionada).
Desde el año 2006, SUTEBA desarrolla el Programa SUTEBA va a la Escuela y cuenta con tres Unidades Móviles Preventivas (UMP) que, junto con los equipos de salud del sindicato, recorren toda la provincia de Buenos Aires realizando las encuestas y controles de los tres programas que la componen: Concientización del riesgo cardiovascular, Odontología preventiva y Detección de problemas de la voz.
Así mismo, desde el año 2008, SUTEBA puso en práctica el programa Tu voz sos vos y nuestro compromiso se traduce en la realización de una campaña de prevención y promoción sobre los problemas de la voz, que se refuerza durante todo el mes de abril (y en el Día Mundial de la Voz en particular), a través de materiales impresos y electrónicos, charlas y talleres teórico – prácticos para los docentes en las escuelas de toda la provincia de Buenos Aires.
Abogamos por un docente sano, libre, no amordazado.
Abogamos para que la educación siga avanzando desde y con sus trabajadores.
Esto se consigue con voz y con vos...
Juntos somos más, participá para que nuestros pibes sigan creciendo en democracia y con conciencia.
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