Como parte de la política de salud laboral de SUTEBA, el año pasado se presentó en la SRT una documentación sobre DISFONIAS PROFESIONALES, RECALIFICACION LABORAL TEMPRANA Y TRATAMIENTOS FONOAUDIOLOGICOS, a través de nuestra Directora de Salud Laboral y CyMAT, Dra. Lilian Capone, con la expectativa de generar un ámbito de discusión participativa aportando el trabajo de investigación realizado por la Secretaría de Salud desde el Programa SUTEBA va a la Escuela. Esto permitió que la SRT dictaminara acordada para que los hiatus sean considerados como Enfermedad Profesional.
Nuestras Unidades Móviles Preventivas recorren permanentemente la provincia de Buenos Aires, desde el año 2006, realizando estudios de la voz y fue así como, luego de haber utilizado de técnica de RASAT con más de 12 mil docentes, se demostró que existen lesiones funcionales del aparto fonatorio (HIATUS) que pueden ser detectados precozmente y que estas patologías son la antesala de enfermedades irreversibles y por lo tanto deben ser consideradas como profesionales.
Fue así que desde la Gerencia de Prevención de la SRT, Lic. Di Pietro se convocó a todos los actores involucrados: DGCyE, Medicina Ocupacional Provincial, Responsables del Autoseguro Provincial, Dirección de Comisiones Médicas de la SRT, Gerencia de Prestaciones de la SRT y SUTEBA, a una serie de reuniones cuyos objetivos fueron lograr un acuerdo participativo, con aportes técnico científicos serios, sobre estos temas para generar un marco regulatorio diferente al actual.
La SRT dictaminó la Normativa de Procedimiento en el diagnóstico y tratamiento de las disfonías profesionales y del otorgamiento de la prestación Recalificación laboral, con alcance nacional para todos los docentes del ámbito público y privado. Este es un acto administrativo previo para la modificación de la ley, una instancia técnico administrativa necesaria.
¿Cuáles son los nuevos procedimientos ante esta enfemedad?
Se consensuó con aval técnico académico tanto por parte del Equipo de Fonoaudiología de SUTEBA y de la SRT, que las ART, el Empleador Autoasegurado y los Prestadores Médicos deberán garantizar dos sesiones por semana y por lo menos 2 meses de tratamiento, durante el cual el docente no podrá trabajar, Además, no se podrá otorgar la recalificación laboral hasta que no se agoten las instancias médicas, debiendo los prestadores médicos dar cuenta de ello, con la documentación pertinente.
Por otra parte, se incorporan en los antecedentes del trabajador que el puesto de trabajo de Preceptor esta a cargo de alumnos y se reconocerán las alteraciones de la voz en este colectivo de trabajadores.
Desde nuestro Sindicato queremos compartir este logro, un claro ejemplo que la ciencia y la técnica no puede ser neutral, y que es necesario generar ámbitos de trabajo participativo y colectivo donde seriamente se siga avanzando en los derechos de los trabajadores.
SUTEBA no esta de acuerdo con la Ley de Riesgos del Trabajo y ha definido, junto con la CTA, la necesidad de su derogación. Tampoco esta de acuerdo con el listado de enfermedades del trabajo porque es necesaria la prevención con la implementación de los exámenes médicos periódicos para el personal docente de toda la provincia de Buenos Aires. Por eso, ha tenido una participación activa en la construcción de herramientas y espacios para seguir avanzando como lo fue Ley 14.226 de Participación de los Trabajadores en Salud y Seguridad en el Empleo Público y su decreto reglamentario.
La lucha continúa. Sabemos que falta mucho pero declamar y denostar no sirve, envilece y aisla. El desafio es grande y estamos en buenos tiempos para afrontarlos.