13/03/2015
Un compromiso desde la Ley de Educación Nacional y Provincial.
Durante todo el 2014 y lo que va de 2015 SUTEBA viene realizando reuniones distritales y regionales con docentes de jornada completa, a partir de las cuales se han relevado las dudas que los compañeros tienen en ese sentido. Asímismo se mantuvieron reuniones con la Dirección de Primaria y la Subsecretaria de Educación de la DGCyE.
De este modo, el SUTEBA exige la condición de titularidad en las 8 horas del puesto de trabajo de las jornadas completas y su inmediato tratamiento en el ámbito paritario.
A continuación les dejamos una serie de preguntas reiteradas que han surgido en las diferentes reuniones y que servirán para despejar inquietudes:
• ¿EL DIRECTOR DE 3° TENDRÁ GRADO A CARGO?
No, estará eximido de la atención de alumnos. La jornada de 8 horas está establecida en el Equipo Directivo, sólo para el director.
• ¿LOS DIRECTORES ESTÁN OBLIGADOS A ACEPTAR?
No, si no aceptara el ofrecimiento, la escuela quedará con un Equipo de Conducción alternado, Director y Vicedirector, ambos de jornada simple, de manera tal de garantizar la presencia de los mismos en toda la Jornada. De no contar en este caso con Vicedirector, se nombrará uno cuya carga horaria será de 4 horas.
• ¿QUÉ PASA SI, SIENDO DIRECTOR O MAESTRO DE GRADO, SE ACEPTA LA EXTENSIÓN DE LA JORNADA TENIENDO OTRO CARGO O MÓDULOS TITULARES EN ESE HORARIO?
Si el cargo docente es titular, en el MISMO horario de la extensión de la Jornada, podrá hacer uso de la licencia 115 c2. De ser un cargo/módulo provisional o suplente tendrá que optar.
• ¿QUÉ PASA SI, SIENDO MAESTRO DE GRADO, NO DESEA LA EXTENSIÓN DE LA JORNADA COMPLETA?
El docente debe firmar una planilla en la cual consta que no acepta, de este modo se nombra otro docente provisional por las 4 horas correspondientes a la extensión.
• ¿EN EL CASO DE RECALIFICACIÓN O CAMBIO DE FUNCIONES, SE PUEDE ACEPTAR LA JORNADA COMPLETA?
Si la recalificación/cambio de funciones no es definitiva, se puede. En caso de ser definitiva no se realiza el ofrecimiento. Si es transitoria si se puede aceptar, pero se cobra la extensión de la jornada al momento del desempeño efectivo en el cargo.
• ¿SI LA INFRAESTRUCTURA DE LA ESCUELA NO ESTÁ EN CONDICIONES DE CONVERTIRSE EN JORNADA COMPLETA, PUEDEN OBLIGAR A LA INSTITUCIÓN A UNA JORNADA COMPLETA?
NO. Recordamos que la implementación de la Jornada Completa debe ser un Proyecto Institucional y colectivo, por lo tanto nadie obliga a nadie y menos si las condiciones no están dadas. De este modo el delgado de la escuela junto al SUTEBA puede realizar las acciones gremiales correspondientes.
Advertencia: ANTE la siguiente PREGUNTA EL SUTEBA TIENE UN POSICIONAMIENTO QUE FUE PLANTEADO A DGCyE:
• ¿SI SE ES SUPLENTE DE UN TITULAR Y ESTE ÚLTIMO NO ACEPTA LA EXTENSIÓN, PUEDE ACEPTARLA EL SUPLENTE?
LA DGCyE NO LO PERMITE.
PERO EL SUTEBA CONSIDERA QUE SE LE DEBE OFRECER LA EXTENSIÓN HORARIA AL SUPLENTE, QUIEN PODRÁ DESEMPEÑARSE LAS 4 HS RESTANTES COMO PROVISIONAL.
SECRETARIA DE EDUCACIÓN PRIMARIA, VALERIA VISOTSKY